La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Las instituciones del sistema financiero del Ecuador no podrán cobrar “al usuario el valor alguno por afiliación y renovación de tarjetas de crédito, así como por emisión y entrega de estados de cuenta", manifiesta la resolución de la Junta Bancaria.
Según el documento, "las tarifas máximas para el período trimestral que comprende los meses de abril, mayo y junio del 2012, dentro de los cuales las instituciones del sistema financiero podrán efectuar cobros por la prestación efectiva de los servicios financieros, eliminándose las correspondientes a servicio de entrega de estados de cuenta y servicios de afiliación y renovación de tarjetas de crédito."
Asimismo se incluyen “cómo transacciones básicas, y por su naturaleza gratuitas, a la emisión y entrega, por cualquier medio, de estados de cuenta, y los servicios de afiliación y renovación de tarjeta de crédito".