Aproximadamente 180 certificados de votación provisional se despachan en la oficina de Recaudación de la Delegación Provincial del Consejo Nacional –El Oro: Los usuarios deben justificar su negativa durante los comicios del 17 de febrero.
En este marco, el director del organismo electoral , Milton Paredes, remarcó que quienes se presentaron sin sufragar a las mesas electorales recibieron un certificado de presentación que tiene una validez de 30 días. Confirmó que el certificado que se está entregando es válido hasta el 17 de abril del año en curso.
Según informó el área de comunicación del CNE, Paredes, se ha comprometido a realizar una publicación para el día que lleguen las especies de los certificados de votación, para las personas que no pudieron sufragar en el último proceso electoral. Tras la justificación respectiva se podrá evitar pagar la multa del 10% del salario básico unificado.
Remarcó que luego de darse la proclamación de los candidatos de las elecciones del 17 de febrero, el CNE empezará con la depuración a través del padrón electoral de las personas que no sufragaron y no cumplieron como miembros de la Junta Receptora del Voto.
El Art. 292 expresa que las personas que teniendo la obligación de votar no hubieren sufragado en un proceso electoral serán multados con el equivalente al diez por ciento de una remuneración mensual unificada. Quien no concurriera a integrar las Juntas Receptoras del Voto, estando obligado, será multado con el equivalente al quince por ciento de una remuneración básica unificada (…).